Autor: PharmaCompliance

  • 3 Puntos Clave en la Comercialización de Productos Farmacéuticos

    3 Puntos Clave en la Comercialización de Productos Farmacéuticos

    1. El Estado del Registro Sanitario del Producto Farmacéutico ¿Qué es?

    El primer punto clave a tener en cuenta es el estado del Registro Sanitario. Al momento de comercializar Productos Farmacéuticos ya sea como Farmacia, Botica o Droguería se debe de verificar la información básica del Registro Sanitario. Éste es un documento expedido por la Autoridad Nacional de Salud que faculta a su titular para la fabricación, importación, almacenamiento, distribución, comercialización, promoción, dispensación, expendio o uso de los mismos, en las condiciones que establece la normativa vigente.

    En el mismo también se establecen las condiciones bajo las cuales se autorizó el registro del Producto Farmacéutico, condiciones que deben de mantenerse durante la fabricación, almacenamiento, distribución, comercialización, importación, dispensación o uso; todo ello para garantizar la calidad, seguridad y eficacia del producto durante su tiempo de vida útil.

     

    productos farmacéuticos

     

    2. Revisa el estado actual del Registro Sanitario de los Productos Farmacéuticos que comercializas en tus establecimientos.

    Actualmente, dentro de los productos farmacéuticos que son comercializados desde las droguerías a las Farmacias y Boticas y finalmente de éstas al consumidor final existen productos farmacéuticos que bajo ciertas circunstancias podrían tener el Registro Sanitario cancelado, en proceso de Reinscripción o Vencido. Lo importante en estos casos es realizar la consulta sobre el estado de los mismos ya que por ejemplo un producto falsificado puede ser fácilmente detectado al consultar el Registro Sanitario de Productos Farmacéuticos en la página de Consulta de Registro Sanitario que figura en el siguiente enlace.

    Una vez dentro de la página podremos hacer la consulta del Registro Sanitario según criterios de Nombre de Registro Sanitario, Condición de Venta, Forma Farmacéutica, Titular del Registro, Estado, entre otros. En la siguiente imagen hemos realizado la consulta para el producto PANADOL ANTIGRIPAL y Forma Farmacéutica TABLETA:

    Los resultados que nos arroja en pantalla son los siguientes:

    Como se puede observar existen tres diferentes estados de los Registros Sanitarios en el historial del producto: Cancelado, Vencido y Vigente. A continuación ampliamos el resultado del Registro Sanitario con estado Vigente:

    Así es como finalmente podemos observar detalles del Registro Sanitario como el Registro Sanitario Anterior, la Fecha de Vencimiento, el nombre con el que se registró el Producto, su composición y Forma Farmacéutica. Estos 3 últimos datos nos pueden ser útiles para utilizarlos en los registros de actas de recepción de Farmacias y Boticas o en los análisis organolépticos de Droguerías.

    En el siguiente ejemplo hemos colocado sólo como criterio de búsqueda el nombre del producto DOLO NEUROBION y caeremos en cuenta que la forma farmacéutica con la que se comercializa el producto actualmente es la de CAPSULA:

    3. Realiza un seguimiento periódico al estado de los Registros Sanitarios de los Productos Farmacéuticos.

    Para garantizar que los Productos Farmacéuticos que comercializas cuenten con un Registro Sanitario Vigente se debe de establecer una frecuencia de revisión al menos de los Productos Farmacéuticos que tengan mayor rotación en tu Establecimiento Farmacéutico. Así mismo se debe estar atento a las Alertas que lanza DIGEMID de manera periódica para lo cual te dejo un enlace para que puedas realizar la consulta, puedes realizar click aqui para acceder.

    No debes de olvidar que para garantizar la calidad, seguridad y eficacia de los Productos Farmacéuticos que comercializas debes de cumplir con las condiciones de almacenamiento de temperatura y humedad relativa establecidas por el fabricante: temperatura ambiente no menor a 30°, temperatura ambiente controlada de 15 a 25°C y de cadena de frío de 2 a 8°C. Éstas deben de cumplirse durante el almacenamiento, distribución y transporte y expendio al usuario final.

    Finalmente, se debe recalcar que sólo se debe de obtener Productos Farmacéuticos de Establecimientos Farmacéuticos autorizados para la Comercialización de Productos Farmacéuticos ya que en la actualidad existen muchos puntos sin autorización para la venta de los mismos, en donde se comercia de manera ilegal, bajo condiciones de almacenamiento insalubres y en muchos casos medicamentos falsificados que finalmente pueden agravar la condición de salud del paciente y el empeoramiento de sus enfermedades preexistentes.

     

    comercialización de productos farmacéuticos

     

     

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  • 4 Puntos Clave en Buenas Prácticas de Oficina Farmacéutica

    4 Puntos Clave en Buenas Prácticas de Oficina Farmacéutica

    1. ¿Qué son las Buenas Prácticas de Oficina Farmacéutica (BPOF)?

    Las Buenas Prácticas de Oficina Farmacéutica son un conjunto de normas y criterios técnicos y sanitarios mínimos y obligatorios establecidos en el Documento Técnico aprobado por RM 554-2022/MINSA; teniendo como fin asegurar que las boticas, farmacias y farmacias de los establecimientos de salud, públicas y privadas tengan un adecuado funcionamiento y desempeño en cuanto al almacenamiento, dispensación y farmacovigilancia de los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios.

    bpof

    2. ¿Cuál es la finalidad fundamental del Manual de Buenas Prácticas de Oficina Farmacéutica?

    En cuanto refiere al almacenamiento se tiene como finalidad la de garantizar la calidad, seguridad y eficacia de los productos farmacéuticos y dispositivos médicos (Buenas Prácticas de Almacenamiento), garantizar un correcto flujo y calidad en las actividades de dispensación (Buenas Prácticas de Dispensación), establecer los requisitos mínimos indispensables para la operación del establecimiento farmacéutico (infraestructura, mobiliario y equipamiento, personal, sistema de aseguramiento de la calidad, documentación; establecer la correcta obtención de datos completos de las notificaciones de sospecha de reacciones adversas a productos farmacéuticas (Farmacovigilancia) y finalmente las Buenas Prácticas de Seguimiento Farmacéutico y Buenas Prácticas de Distribución y Transporte en los establecimientos que opten por brindar estos dos últimos puntos.

    3. ¿Cuál es la situación actual de la implementación y entrada en vigencia del Manual de Buenas Prácticas de Oficina Farmacéutica (BPOF)?

    En cuanto a la recertificación: El 29 de Setiembre del 2023 el INDECOPI mediante Resolución N°0501-2023/SEL-INDECOPI, declara como barrera burocrática ilegal la exigencia de renovar periódicamente y con anticipación a los 6 meses y a los 3 años la Recertificación en Buenas Prácticas de Oficina Farmacéutica los 6 meses y a los 3 años la CERTIFICACIÓN EN BPOF, a lo establecido en el artículo 127° del Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos D.S. 014-2011. El alcance de lo mencionado aplica para toda Botica, Farmacia o FARES.

    En cuanto a la puesta en vigencia mediante la R.M. N°1101-2023/MINSA de fecha 27 de Noviembre del 2023 se modifica la R.M. N°554-2022/MINSA, la misma en que se resuelve que a efecto de una implementación progresiva del Manual de Buenas Prácticas de Oficina Farmacéutica se continuarán realizando fiscalizaciones con finalidad orientativa hasta el 28 de Noviembre de 2024 por parte de las Direcciones Integradas de Salud de Lima Metropolitana (DIRIS) y Direcciones Regionales de Salud (DIRESAS); y posteriormente a estas fiscalizaciones se continuarán las inspecciones para verificar el cumplimiento de las Buenas Prácticas de Oficina Farmacéutica a partir del 29 de Noviembre del 2024.

    4. Entonces, ¿estoy obligado a certificar en Buenas Prácticas de Oficina Farmacéutica?

    De acuerdo a la R.M. 091-2023/MINSA de fecha del 27 Enero 2023 a partir de la fecha entra en vigencia el nuevo Manual de Buenas Prácticas de Oficina Farmacéutica. Por consiguiente, los establecimientos aperturados desde la fecha mencionada vienen realizando sus solicitudes de Certificación con el nuevo Manual; mientras que, los establecimientos que ya cuentan con un Certificado de Buenas Prácticas de Oficina Farmacéutica no están obligados a solicitar una Renovación del Certificado en BPOF por declararse Barrera Burocrática.

    Sin embargo, ya que el nuevo Manual está en vigencia si deben presentar la modificación de distribución interna, anexando las nuevas áreas que indica el Manual: Devoluciones, Farmacovigilancia y Vestidor y, de la misma manera, realizar la modificación y actualización de su Documentación teniendo en cuenta los nuevos alcances ya que a partir del 30 de noviembre del 2023 las inspecciones reglamentarias se llevan a cabo con la R.M. 554-2022/MINSA.

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    Buenas Prácticas de Oficina Farmacéutica

    Enlaces:

     

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